Si su empresa u organización está interesada recibir a estudiantes en práctica es importante considerar los siguiente:
>> Para INACAP una Práctica Profesional es una actividad del proceso formativo que permite al estudiante participar al interior de una empresa o institución, de índole pública o privada, en Chile o en el extranjero, a través de las funciones que le sean asignadas, en conformidad con su nivel formativo, a fin de evidenciar las competencias adquiridas de su Programa de Estudio, en el ámbito laboral.
>> La duración de la práctica se indica en el Programa de Estudio respectivo, siendo generalmente de 360 horas.
>> La realización de la práctica profesional no genera una relación laboral, no obstante, según el Código del Trabajo, artículo 8; Dictamen 0859/008 de 22/02/2013, el empleador debe proporcionar al alumno en práctica el beneficio de la colación y movilización o pagar una asignación compensatoria por tales beneficios, lo que no constituye remuneración para ningún efecto.
>>Cabe señalar que una vez inscrita la práctica, el estudiante será considerado como alumno regular de INACAP para todos los efectos legales, Ley Nº 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y Decreto Nº 313 de Seguro Escolar. Por lo que, en caso de accidente, deberá atenderse en cualquier centro de la red pública de salud. Complementariamente, el estudiante está cubierto por el Seguro de Accidentes Personales contratado por INACAP.
>>Su organización al actuar como Centro de Práctica debe asignar un supervisor (jefe directo del estudiante) quien deberá evaluar el desempeño del estudiante al finalizar su práctica.